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MEC PROHIBIRÁ A LOS GRADUADOS

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El Departamento de Educación Superior (Sesu) quiere prohibir que los estudiantes con titulaciones superiores, provenientes de cursos secuenciales (que no se forman para una profesión, sino para una función), asistan al posgrado (especialización) lato sensu. Sesu informó que está elaborando el documento que será evaluado por el Consejo Nacional de Educación (CNE) en abril. Para la organización, es inaceptable que las universidades ofrezcan estudios de posgrado a estudiantes universitarios que aún no se han graduado. “Solo los graduados de cursos de pregrado que tengan un título probado pueden realizar un posgrado lato sensu”, dijo Paulo Wollinger, director de Regulación y Supervisión de Sesu. La decisión se tomó luego de que Jornal da Tarde publicara, el domingo, un informe que muestra que las universidades privadas de la capital otorgan certificaciones intermedias, durante cursos regulares, que no tienen valor en el mercado laboral. Con un título superior, uno de los certificados emitidos, las instituciones ofrecen a los estudiantes la oportunidad de realizar un posgrado antes de completar una graduación regular de 4 o 5 años en promedio.

Aunque no hubo permiso, tampoco hubo reglas para prevenir esta práctica. La Resolución No. 1, de 8 de junio de 2007, de la CNE, establece que “los posgrados lato sensu están abiertos a candidatos egresados ​​de carreras de grado u otros cursos superiores”. Para Wollinger, el texto abrió una laguna que sirvió para que "algunas universidades proporcionaran un retorno financiero más rápido". El Ministerio de Educación (MEC) considera los cursos superiores de licenciatura, licenciatura y tecnólogo. “El curso secuencial demuestra la capacidad de ocupación (de una función) y no de profesionalización”, prosigue Wollinger. “(El certificado) demuestra que la persona está un poco más capacitada y no graduada para ejercer la profesión”, dice el director.

Los cursos secuenciales son de formación específica, cuyo aprendizaje se restringe a una especialidad de conocimiento y no al conjunto de conocimientos y habilidades necesarios para el ejercicio de una actividad profesional. El MEC, sin embargo, no se opone a la emisión de certificados durante los cursos regulares, a diferencia de los consejos regionales de clase, como abogados, enfermeras y fisioterapeutas, escuchados por JT en el artículo publicado anteayer. “El MEC no tiene nada en contra”, dice el director de Regulación y Supervisión de Sesu. Según él, las instituciones de educación superior pueden aportar un documento que acredite que el estudiante ha recibido un conjunto de información que le permite ejercer una determinada función en el mercado laboral o incluso eliminar créditos en caso de cambio de curso.


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