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MEC PROHIBIRÁ A LOS GRADUADOS

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La Secretaría de Educación Superior (Sesu) quiere prohibir a los estudiantes con títulos superiores, provenientes de cursos secuenciales (que no forman para una profesión, sino para una función), cursar cursos de posgrado lato sensu (especialización). Sesu informó que se encuentra elaborando el documento que será evaluado por el Consejo Nacional de Educación (CNE) en abril. Para la agencia, es inaceptable que las universidades ofrezcan cursos de posgrado a estudiantes universitarios que aún no se han graduado. “Sólo los graduados de cursos de graduación y con título acreditado pueden cursar el posgrado lato sensu”, dijo Paulo Wollinger, director de Regulación y Supervisión de la Sesu. La decisión fue tomada después de que el Jornal da Tarde publicara, el domingo, un informe que muestra que universidades privadas de la capital otorgan certificaciones intermedias, durante cursos regulares, que no tienen valor en el mercado laboral. Con un título superior -uno de los certificados emitidos-, las instituciones ofrecen al estudiante la posibilidad de cursar estudios de posgrado antes de completar la graduación regular de 4 o 5 años en promedio.

Aunque no hubo permiso, tampoco hubo reglas para prevenir esta práctica. La Resolución No. 1, de 8 de junio de 2007, de la CNE, establece que “los posgrados lato sensu están abiertos a candidatos egresados ​​de carreras de grado u otros cursos superiores”. Para Wollinger, el texto abrió una laguna que sirvió para que "algunas universidades proporcionaran un retorno financiero más rápido". El Ministerio de Educación (MEC) considera los cursos superiores de licenciatura, licenciatura y tecnólogo. “El curso secuencial demuestra la capacidad de ocupación (de una función) y no de profesionalización”, prosigue Wollinger. “(El certificado) demuestra que la persona está un poco más capacitada y no graduada para ejercer la profesión”, dice el director.

Los cursos secuenciales son de formación específica, cuyo aprendizaje se restringe a una especialidad de conocimiento y no al conjunto de conocimientos y habilidades necesarios para el ejercicio de una actividad profesional. El MEC, sin embargo, no se opone a la emisión de certificados durante los cursos regulares, a diferencia de los consejos regionales de clase, como abogados, enfermeras y fisioterapeutas, escuchados por JT en el artículo publicado anteayer. “El MEC no tiene nada en contra”, dice el director de Regulación y Supervisión de Sesu. Según él, las instituciones de educación superior pueden aportar un documento que acredite que el estudiante ha recibido un conjunto de información que le permite ejercer una determinada función en el mercado laboral o incluso eliminar créditos en caso de cambio de curso.


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